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Información fiscal

Puedes desgravarte las aportaciones en tu declaración de la renta
(o impuesto sobre sociedades, si corresponde)

PARTICULARES

DE LOS PRIMEROS 250€

80%

TRAMOS A PARTIR DE 250€

40%
45% Si llevas 3 años o más haciendo esta contribución
Deducción en cuota íntegra Límite 10% base liquidable

EMPRESAS

 

40%
50% Si llevas 3 años o más haciendo esta contribución
Deducción en cuota integra Límite 15% base imponible *
* Si excede el límite: se puede aplicar en 10 ejercicios inmediatos y sucesivos
Además, puede existir hasta un máximo del 5% de deducción adicional si donas a una actividad prioritaria de mecenazgo

 

Otras formas de donación

También se puede realizar una donación por transferencia o ingreso en entidad bancaria a la cuenta ES34 2100 6106 8813 0126 8072 ó a través de BIZUM 00090

 

Para la obtención de un certificado de deducción fiscal por la transferencia bancaria, deberá adjuntar foto o archivo del justificante de pago bancario junto a sus datos personales: nombre/s y apellidos/s, dirección y D.N.I/N.I.F (número CIF en caso de empresas) ​
a la siguiente dirección de correo electrónico:
donaciones@fesbal.org ​ ​


IMPORTANTE: para el cómputo de las solicitudes de desgravación para el presente año, se deberán remitir los datos solicitados a la dirección de correo facilitada NO más tarde del día 31 de diciembre del mismo.

Asimismo, salvo que el donante especifique una fecha anterior para recibir el documento acreditativo, FESBAL remitirá por correo electrónico a los donantes los correspondientes certificados en fechas previas al cierre del ejercicio tributario, a principios del siguiente año. ​

Es importante recalcar que el certificado entregado al donante por FESBAL no es necesario aportarlo en el momento de presentación de la declaración tributaria (IRPF), ya que los datos de la donación se reflejarán automáticamente como resultado del trabajo de corroboración previa que realiza FESBAL con las autoridades tributarias (AEAT). Sin embargo, es recomendable conservar el documento acreditativo en caso de necesitarlo o de ser requerido de forma excepcional. ​

* En caso de no aportar suficientes datos que faciliten la comprobación de la veracidad de la donación, FESBAL se reserva el derecho de no tramitar la solicitud de certificado de deducción fiscal. Por ello, se ruega a los donantes comprobar que los datos aportados sean correctos.