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Información fiscal

Puedes desgravarte las aportaciones en tu declaración de la renta
(o impuesto sobre sociedades, si corresponde)

PARTICULARES
DE LOS PRIMEROS 150€

80%
EMPRESAS O PARTICULARES
TRAMOS A PARTIR DE 150€
35%
40% Si llevas 3 años o más haciendo esta contribución
Hasta un 10% de la base liquidable

 

IMPORTANTE: el Banco de Alimentos de destino de la donación tramitará su solicitud de certificado fiscal - en caso de ser así - en cualquier momento desde el fin de la campaña hasta antes del inicio del periodo de presentación de la declaración tributaria (IRPF), a principios del siguiente año. ​

Es importante recalcar que el certificado entregado al donante por el Banco de Alimentos/FESBAL no es necesario aportarlo en el momento de presentación de la declaración tributaria (IRPF), ya que los datos de la donación se reflejarán automáticamente como resultado del trabajo de corroboración previa que realiza el Banco de Alimentos/FESBAL con las autoridades tributarias (AEAT). Sin embargo, es recomendable conservar el documento acreditativo en caso de necesitarlo o de ser requerido de forma excepcional. ​

* En caso de no aportar suficientes datos que faciliten la comprobación de la veracidad de la donación, FESBAL se reserva el derecho de no tramitar la solicitud de certificado de deducción fiscal. Por ello, se ruega a los donantes comprobar que los datos aportados sean correctos.